GUADALINFO INFORMA: PUBLICADAS LAS LISTAS PROVISIONALES DE PARTICIPANTES ADMITIDOS Y EXCLUIDOS EN LA OEP DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD

Desde hoy se encuentran disponibles para su consulta las listas provisionales de aspirantes y excluidos para las pruebas selectivas del concurso oposición del Servicio Andaluz de Salud (SAS) 2013-2015. 
Para poder realizar la consulta de su solicitud puede hacerlo entrando en el siguiente enlace:
Tiene la opción de poder realizar consulta por categoria y especialidad o bien por DNI.
Si realiza la opción de búsqueda por categoría y especialidad:
1.- Deberá seleccionar su categoría
2.- Seleccionar su especialidad y turno, seguidamente pulsando la opción consultar
3.- Ahora deberá pulsar en la opción «listado provisional de admitidos». A continuación aparecerán dos opciones «listado provisional de admitidos» y «listado provisional de excluidos» en los que podrá realizar su búsqueda y en la que aparecerá si está admitido o excluido y el lugar de preferencia para la realización de su examén
Si realiza la búsqueda a través de consulta por DNI:
!.- Deberá introducir su DNI y el sistema de búsqueda le expondrá la lista en la que se encuentra su solicitud
Las personas aspirantes disponen de un
plazo de 15 días hábiles, comenzando el 6 de agosto hasta el día 24 de
Agosto, ambos inclusive, para formular alegaciones contra la misma.
En
la web del SAS será publicado el enlace para realizar las alegaciones
de forma telemática y para descargar en su caso el modelo de solicitud.
Si necesita ayuda para consultar su solicitud pueden dirigirse al Centro Guadalinfo de Huéscar en horario de mañana

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Posibles causas
de exclusión – Acceso libre

1.-PRESENTACION
FUERA DE PLAZO, FALTA SELLO O FECHA DE REGISTRO OFICIAL
2.-NO
ACREDITAR EL INGRESO DE LA TASA
4.- DESISTIMIENTO
5.- NO
FIRMAR SOLICITUD DE PARTICIPACION
6.- NO
INDICAR NUMERO NIF/NIE O PASAPORTE O ESTAR INCOMPLETO
7.- NO
INDICAR LA CATEGORIA, O EN SU CASO, ESPECIALIDAD A LA QUE CONCURSA
8.- NO
MANIFESTAR CUMPLIR CON LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LA CONVOCATORIA
9.- SUPERAR
LA EDAD DE JUBILACION
10.- NO
TENER LA EDAD MINIMA EXIGIDA EN LA CONVOCATORIA
11.- INGRESO
DE LA TASA POR UN IMPORTE INFERIOR AL INDICADO EN LA CATEGORIA O
ESPECILIDAD A LA QUE SE CONCURSA
12.- RESERVA
DISCAPACIDAD FISICA, SENSORIAL O PSIQUICA: NO ACREDITAR, MEDIANTE
CERTIFICACION OFICIAL EN VIGOR, UN GRADO DE DISCAPACIDAD IGUAL O
SUPERIOR AL 33% Y/O APORTAR LA DOCUMENTACION EN IDIOMA DISTINTO AL
CASTELLANO
13.- RESERVA
DISCAPACIDAD INTELECTUAL: NO ACREDITAR, MEDIANTE CERTIFICACION
OFICIAL EN VIGOR, DISCAPACIDAD INTELECTUAL Y/O APORTAR LA
DOCUMENTACION EN IDIOMA DISTINTO AL CASTELLANO
14.- RESERVA
DISCAPACIDAD: PRESENTAR CERTIFICACION CADUCADA DEL GRADO DE
DISCAPACIDAD
15.- RESERVA
DISCAPACIDAD: PRESENTAR FOTOCOPIA DE LA DOCUMENTACION ACREDITATIVA
DEL GRADO DE DISCAPACIDAD SIN ESTAR SUSCRITA Y FIRMADA POR LA PERSONA
SOLICITANTE BAJO EL TEXTO «ES COPIA DEL ORIGINAL»
20.- NO
APORTA ORIGINAL DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACION
21.- NO
INDICA NOMBRE Y/O APELLIDOS
22.- NO
INDICA DIRECCION DE CONTACTO A EFECTOS DE NOTIFICACION O NO DE FORMA
COMPLETA
23.-NO
INDICA FECHA DE NACIMIENTO O ES INCOMPLETA
24.- EXENCION
ABONO TASA: NO ACREDITAR, MEDIANTE CERTIFICACION OFICIAL EN VIGOR, UN
GRADO DE DISCAPACIDAD IGUAL SUPERIOR AL 33%, Y/O APORTAR LA
DOCUMENTACION EN IDIOMA DISTINTO AL CASTELLANO Y/O PRESENTAR
CERTIFICACION CADUCADA DEL GRADO DE DISCAPACIDAD
Información sobre causa de exclusión y alegaciones
  1. Aquellas personas aspirantes que hayan sido excluidas de la reserva
    de plazas de discapacidad intelectual, por no acreditar reunir los
    requisitos exigidos para participar por dicha reserva, podrán subsanar
    dicha exclusión o solicitar, durante el plazo de 15 días hábiles
    establecido en el punto quinto, ser admitidas en la reserva de plazas de
    cualquier otro tipo de discapacidad o en el sistema general de promoción interna no reservado para personas con discapacidad, en este último caso previo abono de la tasa correspondiente.
  2. Aquellas personas aspirantes que hayan sido excluidas de la reserva
    de plazas de cualquier otro tipo de discapacidad, por no acreditar
    reunir los requisitos exigidos para participar por dicha reserva, podrán
    subsanar dicha exclusión o solicitar, durante el plazo de 15 días
    hábiles establecido en el punto quinto, ser admitidas en el sistema general de promoción interna no reservado para personas con discapacidad, previo abono de la tasa correspondiente.
  3. Aquellas personas aspirantes que hayan sido excluidas de la reserva
    de plazas de discapacidad intelectual, por no acreditar reunir los
    requisitos exigidos para participar por dicha reserva, podrán subsanar
    dicha exclusión o solicitar, durante el plazo de 15 días hábiles
    establecido en el punto quinto, ser admitidas en la reserva de plazas de
    cualquier otro tipo de discapacidad o en el sistema general de acceso libre no reservado para personas con discapacidad, en este último caso previo abono de la tasa correspondiente.
  4. Aquellas personas aspirantes que hayan sido excluidas de la reserva
    de plazas de cualquier otro tipo de discapacidad, por no acreditar
    reunir los requisitos exigidos para participar por dicha reserva, podrán
    subsanar dicha exclusión o solicitar, durante el plazo de 15 días
    hábiles establecido en el punto quinto, ser admitidas en el sistema general de acceso libre no reservado para personas con discapacidad, previo abono de la tasa correspondiente.
  5. Aquellas personas aspirantes que hayan sido excluidas por no haber
    abonado la tasa correspondiente, o haberla abonado en cuantía inferior a
    la establecida, podrán subsanar dicha exclusión, durante el plazo de 15
    días hábiles establecido en el punto quinto, abonando dicha tasa o la
    parte restante.
  6. Aquellas personas aspirantes que hayan detectado errores en la
    consignación de sus datos personales podrán manifestarlo durante el
    plazo de 15 días hábiles establecido en el punto quinto.
  7. Aquellas personas aspirantes que dentro del plazo de 15 días hábiles
    establecido en el punto quinto no subsanen el defecto que motivó su
    exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser
    incluidas en la relación de personas admitidas, serán excluidas
    definitivamente de la participación en el proceso selectivo.